Autobuseseléctricos: vehículos M3 y N3, de propulsión eléctrica pura, con hidrógeno o de pilas de combustible: un importe máximo por vehículo de 100.000 €. Vehículos M3 y N3 Autobuses híbridos (siempre que puedan funcionar exclusivamente con la potencia que suministra el motor eléctrico): un importe máximo por vehículo de
Lassolicitudes de subvención se presentarán, junto con la documentación requerida, preferentemente en el registro de entrada de las Direcciones Territoriales de Igualdad y Políticas Inclusivas correspondiente al municipio donde resida el solicitante, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Pararecibir la subvención, además, deberá entregarse en el momento de la compra un casco, un chaleco reflectante, un folleto con las normas de circulación, y contratar un seguro deElcoste de adquisición del patinete eléctrico no podrá ser superior a 700 euros, excepto para patinetes adaptados para personas con movilidad reducida que puede ser de hasta 1.000 euros.
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